Domicilio fiscal electrónico es obligatorio para los porteños

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La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) informó que desde el lunes se determinó la obligatoriedad del domicilio fiscal electrónico para los contribuyentes del Impuesto de los Ingresos Brutos. La Resolución AGIP 405/2016 implementa en forma obligatoria el “Domicilio Fiscal Electrónico”

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tanto para los contribuyentes y/o responsables de cualquier categoría del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, como para los Agentes de Recaudación. Según informa la AGIP, el objetivo es que dicha agencia notifique las novedades a los contribuyentes en un sitio de su página de Internet. A partir de la notificación los ciudadanos deberán visitar todos los martes y viernes para darse por notificados de esas novedades, bajo su propia responsabilidad y sin poder aducir que no se enteraron.

El domicilio fiscal electrónico tendrá los efectos del domicilio fiscal constituido, es decir, serán válidos y plenamente eficaces todas las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que allí se practiquen.
El nuevo domicilio, los contribuyentes de Ingresos Brutos deberán ingresar en el aplicativo “Domicilio Fiscal Electrónico” de la página de Internet de la AGIP utilizando su Clave Ciudad nivel 2 y completar la información allí requerida. Ese aplicativo se encontrará disponible desde el próximo 1º de septiembre y, se considerarán efectuadas en término las presentaciones realizadas hasta el 30/09/2016, teniendo efectos el mismo a partir del 01/10/2016.{jcomments on}