La Legislatura porteña aprobó el proyecto de ley para transporte de mascotas

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De acuerdo a lo que establece la ley aprobada en el día de hoy por 53 votos positivos contra cuatro abstenciones, en la Ciudad de Buenos Aires los mayores de edad podrán transportar perros y gatos domésticos sin costo “en un dispositivo cerrado y ventilado, en condiciones de salubridad y aseo”. 

 

Se señalizarán espacios específicos en los andenes. Además, se aprobaron tres normas relacionadas con el tránsito. El traslado de perros y gatos domésticos en el servicio de premetro y subterráneos en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires fue habilitado  con la sanción de una ley que constituye una excepción a lo dispuesto por el artículo 31 de la Ordenanza 41.831 aprobada por el ex Concejo Deliberante el 23 de abril de 1987 y consolidado por Ley N° 5454.

También se determinó en el texto de la nueva norma aprobada que los andenes de las estaciones dispondrán espacios específicos debidamente señalizados para la espera y el abordaje con las mascotas

La autoridad de aplicación “implementará estrategias comunicacionales y medidas de concientización para la difusión y orientación sobre la normativa que rige para el traslado de perros y gatos domésticos en el servicio de subte”, expresa el artículo 6°. 

En tanto, de acuerdo al artículo 7° “el pasajero a cargo del traslado del perro o gato doméstico se responsabilizará del estado general del mismo, garantizando su custodia y bienestar”. Según el artículo 8° se encomienda a la autoridad de aplicación de la Ley N° 4472 [Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado -SBASE] “establecer las condiciones que reglamenten el ejercicio de la presente ley”.

La única cláusula transitoria establece que cumplidos 180 días desde la implementación, SBASE “elevará a la Legislatura un informe general con la finalidad de realizar un balance sobre la aplicación de esta normativa”.{jcomments on}