El CSI aprobó el protocolo para manifestaciones públicas

Reunidos en la La Ciudad de Bariloche y encabezados por la Ministra de Seguridad Patricia Bullrich el Consejo de Seguridad Interior aprobó el protocolo para manifestaciones públicas. En ocasión del encuentro en al provincia de Río Negro 

del que participaron los responsables de la seguridad en cada distrito de la país el 80% de presentes apoyaron la iniciativa propuesta.

La ministra Patricia Bullrich destacó que “el gobierno del Presidente Mauricio Macri no quiere que, durante los próximos cuatro años, las calles sigan siendo un lugar diario y permanente de problemas” y agregó que “no vamos a permitir que la calle sea un caos. Queremos cambiar la cultura del corte”.

La normativa establece un conjunto de puntos para guiar el accionar de las fuerzas federales y distritales en relación a la protesta social. Para ello, aclara que cada provincia y la ciudad de Buenos Aires deberán “adecuar el protocolo a sus características, sus códigos contravencionales, de procedimiento, y establecerán el momento para dar intervención a la justicia en virtud de las facultades no delegadas de las provincias garantizadas por la Constitución Nacional”.

El texto, a su vez, distingue entre manifestaciones espontáneas y programadas. Para las segundas, indica que una vez notificados, los ministerios de Seguridad de cada área tomarán contacto con los líderes de la manifestación, a fin de que se encauce la misma en el marco del presente protocolo y las leyes vigentes. Se establecerá el recorrido respectivo, tiempo de duración y realización, dando aviso a la justicia.

La Ministra Bullrich explicitó que la  existencia de una manifestación pública, las fuerzas de seguridad se comunicarán de manera inmediata con el Ministerio de Seguridad pertinente. Allí se “establecerá un espacio de negociación para que cese el corte y se dará aviso a la justicia”. Independientemente del resultado de esa negociación, “el Jefe del Operativo de Seguridad impartirá la orden a través de altoparlantes, megáfonos o a viva voz, que los manifestantes deben desistir de cortar las vías de circulación de tránsito, deberán retirarse y ubicarse en zona determinada para ejercer sus derechos constitucionales, garantizando siempre la libre circulación”.

Deberá advertir, además, que “ante el incumplimiento de dicha instrucción, se encontrarán incursos en el artículo 194 del Código Penal, y en su caso, en las contravenciones previstas en cada jurisdicción”. “Si los manifestantes no cumplieren con la orden recibida, se les solicitará que depongan el corte bajo apercibimiento de proceder conforme lo establecido para los casos de los delitos cometidos en flagrancia, según lo dispuesto en los Códigos de procedimiento Penal de cada jurisdicción, poniendo en conocimiento del Magistrado competente, y se procederá a intervenir y disolver la manifestación”, precisa el texto.{jcomments on}