Archives 2020

La Alameda de Parque Avellaneda denunció 30 prostíbulos en la ciudad

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La fundación que tiene su sede en la tradicional esquina de Avda. Directorio y Lacarra del barrio de Parque Avellaneda y que cuyo titular es Gustavo Vera, denunció un listado de 30 prostíbulos en la Ciudad de Buenos Aires. A partir de denuncias de los vecinos, la Alameda fue recolectando direcciones y teléfonos de estos

 antros de explotación sexual que ya fueron judicializados ante la PROTEX (fiscalía antitrata) que preside el fiscal Marcelo Colombo. Al respecto el comunicado aclaró “por razones obvias, guardaremos reservas respecto a la información de los mismos a fin de no obstaculizar el trabajo de la justicia. No obstante, queremos reafirmar los fundamentos jurídicos de la denuncia que se basa en la legislación nacional e internacional sobre el abolicionismo y lucha contra toda forma de proxenetismo y trata de personas”.  La denuncia de la Alameda plantea “Que de acuerdo con las funciones encomendadas a la PROTEX por Resolución PGN nº 805/2013, me presento con el objeto de denunciar la posible comisión de delitos de su competencia (arts. 125 bis, 126, 127, y 140 y 210  C.P.; y 15 y 17 de la ley 12.331) y solicitar se realice una investigación preliminar para identificar a sus autores y partícipes, y determinar la eventual responsabilidad de las autoridades de la Policía que tiene a cargo la prevención e investigación de tales delitos. El funcionamiento público y notorio de la actividad no pudo pasarles desapercibida. (…) Solicito además que se atiendan medidas concretas de protección y asistencia social de las víctimas, que pueden hallarse privadas del lugar en que viven, y de sus escasos medios de subsistencia sino se adoptan los recaudos necesarios con la urgencia que el caso amerita para impedir que se vean en una situación de desamparo generada a partir de la intervención del sistema judicial.  El Estado debe hacerse cargo de la protección de esas personas objeto de explotación en los términos de los arts.  6, 7, 8, y 9 de la ley 26.364, modificada por la ley 26.842, en lo que respecta a la asistencia jurídica, médica, psicológica y social, de modo tal de no empujar a las personas de escasos recursos a situaciones extremas o al riesgo de una revictimización.” Luego Gustavo Vera fundamenta el criterio abolicionista que rige en la legislación argentina y en las convenciones internacionales y explica su génesis y actualidad: “La legislación nacional ha adoptado el criterio abolicionista en materia de prostitución mediante la Ley nº 12.331, llamada de profilaxis de las enfermedades venéreas, promulgada en el año 1936, dictada frente al fracaso del criterio reglamentarista de la prostitución que había regido en el país desde el año 1874, según el cual el Estado toleraba la prostitución por estimarla un mal necesario y reglamentaba en su faz higiénica. Este sistema se reveló inútil para proteger la salud de la comunidad. En primer lugar, era discriminatorio porque sólo se examinaba a las mujeres para proteger la salud de los “clientes” sin que interesara si éstos estaban sanos o enfermos. Pero, además, los reconocimientos médicos verificados en una inmensa masa de mujeres no podían ser ejecutados con rigor científico, y en la mayoría de los casos quedaban reducidos a un examen superficial que no garantizaba la salud de la examinada. La reglamentación creaba en los frecuentadores de prostíbulos una confianza falsa que los inclinaba a abandonar las prácticas de profilaxis. El sistema reglamentarista era un impedimento para la rehabilitación social de la persona que ejercía la prostitución. El sistema de registros, cartillas, y carnets donde se acreditaba oficialmente la condición de prostituta y la autorizaba a ejercer su oficio involucraba una marca social que sellaba el destino de la persona. El estigma social hace que la persona rotulada acepte su condición y admita su identidad como desviada haciendo que mantenga relaciones más estrechas con una subcultura de la que no puede salir. La existencia de los prostíbulos que operaban bajo la cobertura legal entrañó inevitablemente la trata de personas, la rufianería y el proxenetismo. La reducción de la mujer a mero instrumento de placer, a mercancía, que es entregada por dinero para tener trato carnal con personas indeterminadas en locales que contaban con el patrocinio del Estado pervertía el sentido moral y conllevaba una fuerte carga de menosprecio hacia el género femenino como tal.Por tanto, la tolerancia del Estado a la existencia de los prostíbulos constituye, entre otras cosas, una violación a su deber de modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basadas en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres (art. 5 inc. a de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer). El criterio abolicionista se emparenta con los objetivos de distintos pactos internacionales:- Convención Americana sobre Derechos Humanos que prohíbe la trata de mujeres en todas sus formas y la equipara a la servidumbre (art. 6º inc. 1).-Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer que establece que los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para suprimir todas las formas de trata de mujeres y explotación de la prostitución de la mujer (art. 6º).- Convención para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena (ratificada por Ley nº 11.925) que establece expresamente que: “Las Partes en el presente Convenio se comprometen a castigar a toda persona que, para satisfacer las pasiones de otra: 1) Concertare la prostitución de otra persona, aún con el consentimiento de tal persona; 2) Explotare la prostitución de otra persona, aún con el consentimiento de tal persona (art. 1). “Las Partes en el presente Convenio se comprometen asimismo a castigar a toda persona que: 1) Mantuviere una casa de prostitución, la administrare o a sabiendas la sostuviere o participare en su financiamiento; 2) Diere o tomare a sabiendas en arriendo un edificio u otro local, o cualquier parte de los mismos, para explotar la prostitución ajena” (art. 2). “Cada una de las Partes en el presente Convenio conviene en adoptar todas las medidas necesarias para derogar o abolir cualquier ley, reglamento o disposición administrativa vigente, en virtud de la cual las personas dedicadas a la prostitución o de quienes se sospeche que se dedican a ella, tengan que inscribirse en un registro especial, que poseer un documento especial o que cumplir algún requisito excepcional para fines de vigilancia o notificación” (art. 6). – Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (ratificado por Ley nº 25.632). Este tratado dispone: “Finalidad: Los fines del presente Protocolo son: a) Prevenir y combatir la trata de personas, prestando especial atención a las mujeres y los niños; b) Proteger y ayudar a las víctimas de dicha trata, respetando plenamente sus derechos humanos; y c) Promover la cooperación entre los Estados Partes para lograr esos fines” (art. 2). Definiciones: Para los fines del presente Protocolo: a) Por “trata de personas” se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos; b) el consentimiento dado por la víctima de la trata de personas a toda forma de explotación que se tenga la intención de realizar descrita en el apartado a) del presente artículo no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados en dicho apartado; c) la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de un niño con fines de explotación se considerará “trata de personas” incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios enunciados en el apartado a) del presente artículo; d) por “niño” se entenderá toda persona menor de 18 años” (art. 3). Estos tratados internacionales y la doctrina sobre los que se basan le han otorgado una nueva significación a la antigua Ley nº 12.331. De acuerdo con la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados, ratificada por ley 19.865, todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe (art. 26) y las partes no podrán invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación de su incumplimiento (art. 27). La problemática se halla relacionada no sólo con la lucha contra la discriminación contra la mujer sino también contra las formas contemporáneas de la esclavitud. En este tipo de establecimientos pueden hallarse mujeres que trabajan las 24 horas del día, y cuya posibilidad de salir del lugar es extremadamente limitada. También se relaciona con la  protección de los niños contra la explotación sexual (art. 34 de la Convención de los Derechos del Niño y el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía) y la lucha contra la delincuencia organizada transnacional y la trata de personas (“Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional”, ratificado por ley 25.632). Cabe agregar que el art.1 inc. A de la Convención Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la Trata de Esclavos, y las Practicas Análogas a la Esclavitud, contempla la llamada servidumbre por deudas definiéndola como el “el estado o la condición que resulta del hecho de que un deudor se haya comprometido a prestar sus servicios personales, o los de alguien sobre quien ejerce autoridad, como garantía de una deuda, si los servicios prestados, equitativamente valorados, no se aplican al pago de la deuda, o si no se limita su duración ni se define la naturaleza de dichos servicios”. La forma habitual mediante la cual los proxenetas retienen a las mujeres para que ejerzan el meretricio es la servidumbre por deudas, ya que para permitirles salir de su esfera de dominación sin verse expuestas a represalias deben previamente abonar las deudas contraídas con ellos por viajes, alojamiento, ropa, comida, drogas, etc. Estas deudas nunca se dan por satisfechas, la posibilidad de su pago no es más que una ilusión para obligar a la mujer al sometimiento. En cuanto a la prostitución organizada, tanto las disposiciones de los tratados con jerarquía constitucional ya mencionados (arts. 6 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 6 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer), como la doctrina de los organismos internacionales encargados de la protección de los Derechos Humanos, la consideran como una forma contemporánea de esclavitud. (El Día Internacional para la Abolición de la Esclavitud, que se celebra el día 2 de diciembre, se recuerda la fecha en que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas aprobó el “Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena”, Resolución nº 317 (IV) del día 2 de diciembre de 1949) …  Los prostíbulos y agencias que explotan la prostitución ajena operan bajo un ambiente de intimidación o coerción, de aprovechamiento de una relación de dependencia y de poder para el mantenimiento de esa clase de ese accionar criminal. Rufianes capaces de desarrollar,  en  locales abiertos al público en plena ciudad, o mediante agencias que publicitan una actividad manifiestamente ilícita ante la vista y paciencia de las autoridades, que, además, disponen de personal de seguridad capaz de imponer el orden en un ambiente propio del hampa y que, asimismo, pueden hacer alarde de una relación de complicidad con funcionarios policiales y del Gobierno local son lo suficientemente temibles para que un puñado de mujeres jóvenes y socialmente vulnerables se vean doblegadas y se avengan, entre otras cosas, a aceptar las relaciones carnales promiscuas que se promueven y desarrollan en condiciones por demás degradantes e insalubres sin cuestionamiento. En cuanto a las conductas de las autoridades de la Policía y del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que teniendo conocimiento de la violación sistemática de las disposiciones de la ley 12.331, y de los arts. 125 bis, 126, 127 y 140 C.P., hubieran omitido tomar medidas para contenerla y sancionarla, no son susceptibles de ser consideradas una mera negligencia o inoperancia sino participación en graves hechos delictivos. La doctrina nacional y extranjera ha desarrollado suficientemente la teoría de los delitos de omisión impropia en los que se impone al “garante” el deber de evitar el resultado típico. En estos casos el deber de evitar el resultado se basa en la idea fundamental de que la protección del bien jurídico en peligro depende de una prestación positiva de una determinada persona y que los afectados confían en la intervención activa de la misma. La ley les atribuye a los funcionarios policiales la misión de proteger a las personas de la explotación sexual comercial, de la reducción a servidumbre y de la violación sistemática de las disposiciones de la ley 12.331. La omisión del cumplimiento de este deber de protección de los bienes jurídicos a sabiendas de lo que estaba aconteciendo por parte de los que tienen la función legal de garantes los convierte en partícipes necesarios, dado que no podrían ocurrir sin el conocimiento y la aquiescencia de las autoridades de la Policía Federal Argentina y del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, cuya eventual responsabilidad debe ser investigada en la causa que se forme. Por todo lo expuesto, solicito se inicie una investigación preliminar para corroborar los hechos denunciados e identificar a sus autores, a la vez que se arbitren los medios para garantizar los derechos de las víctimas.”{jcomments on}

 

Allanamiento y detenciones por cocina de drogas en Mataderos y San Isidro

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El operativo fue realizado por efectivos de la División Precursores Químicos de la Policía de la Ciudad y tuvo como antecedente un procedimiento realizado el año 2029 durante un espectáculo en el predio Mandarine Park, en la Costanera Norte, donde se detuvo a 36 asistentes, 27 de ellos por portación de

 pastillas de éxtasis. El procedimiento consistió en tres allanamientos, dos de ellos en el barrio porteño de Mataderos y el restante en San Isidro, en donde se halló la “cocina” de la droga. En el primero de los lugares situado en Larraya al 1700, en Mataderos, la policía informó que se detectó que un hombre salía por las tardes y las noches a pie o en un auto, para vender drogas a clientes mediante “pasamanos”. Mientras que en el segundo se encontraron con la cocina en Libertad al 1100, de San Isidro, adonde su mujer, propietaria de farmacias, aportaba las materias primas para la fabricación, aunque también los investigadores la ubicaron como vendedora de droga en ausencia de su pareja. La policía informó que en total fueron tres personas detenidas durante una serie de allanamientos que posibilitaron la desarticulación de una fábrica de drogas sintéticas con capacidad para producir unas 15 mil pastillas. De acuerdo con la investigación realizada, los detenidos, tenían bien definidos sus roles, ya que uno distribuía, otro fabricaba y la pareja del segundo, la dueña de unas farmacias, conseguía la materia prima para elaborar las pastillas. Además, en los lugares de allanamiento se secuestraron la máquina para hacer comprimidos y un arsenal compuesto por una pistola Taurus calibre 45 ACP, otra Bersa 22, dos revólveres calibre 357 magnum y 44 magnum, y gran cantidad de municiones, entre las cuales había balas de punta hueca. Los policías, además incautaron, dos autos, el Peugeot 208 que utilizaba el dealer y un Alfa Romeo Giulietta, y cinco motos de alta cilindrada. El laboratorio fue descubierto en el lavadero de la casa y constaba de una máquina para elaborar pastillas y dos balanzas, mientras se secuestró una máquina contadora de billetes y $ 68.000, un pote con efedrina y gran cantidad de frascos con pastillas de clonazepan, tramadol, cafeína, metadona, oxicodona, hidrocodeinona, morfina, así como recipientes con lactosa, utilizada comúnmente para aumentar el tamaño de las pastillas y así “disfrazarlas” de medicamentos legítimos.En una conferencia de prensa, el vicejefe de Gobierno porteño a cargo del Ministerio de Justicia y Seguridad, Diego Santilli, valoró el “trabajo en conjunto” de los investigadores de la Policía de la Ciudad con las autoridades judiciales a cargo de la pesquisa. En tanto, el fiscal general de la Ciudad, Juan Bautista Mahiques, aseguró a Télam que la investigación comenzó el 19 de agosto del año pasado, a raíz de una denuncia tras una fiesta electrónica que se desarrolló en Mandarine Park, en Costanera Norte, en la que fueron demorados 36 asistentes con estupefacientes para consumo, 27 de ellos con éxtasis. En tanto, el secretario de Justicia y Seguridad porteño, Marcelo D’Alessandro, aseguró que el resultado del operativo “forma parte de una política criminal que lleva a cabo una pelea irrestricta contra el narcotráfico”.{jcomments on}

 

Concurso Histórico Literario organizado por la Junta de Estudios Históricos de Liniers

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Está abierta la inscripción para participar del Concurso Histórico Literario, organizado por la Junta de Estudios Históricos de Liniers con el auspicio de la Unión Hispanomundial de Escritores, podrás participar los vecinos y público en general, el tema elegido es “Amigos…esos amigos del alma”: Las bases y

 condiciones participar son: toda persona de habla hispana, con obras que no hayan sido publicadas. Los rubros en los que se podrán son: Cuento (máximo tres carillas). Poesía: (máximo treinta versos), se podrán enviar hasta tres obras por rubro habra participación en distintas categorías: a) Menores: de 10 a 12 años, b) Juveniles: de 13 a 20 años, c) Mayores: de 21 años en adelante, d) Galardón de Oro: mayores de 70 años: Los requisitos en cuenta a la forma de presentación son: hoja A4, margen normal, letra Times New Roman o similar, cuerpo 12, interlineado 1.5, por triplicado y firmado con seudónimo. Arancel: ciento cincuenta pesos ($ 150), excepto la categoría “Menores”, que es gratuita. Envío de los trabajos: por correo postal a nombre de Mabel Albornoz Concurso Literario “Amigos…esos amigos del alma” Rivadavia 10903, Piso 4º “B” (1408) Ciudad de Buenos Aires. Teléfono 4641-2395. Las obras se recibirán: hasta el 30 de junio de 2020. Deberán contar con: Datos del autor: en sobre cerrado, (dentro del sobre con las obras) con los datos personales del autor (apellido, nombres, edad, domicilio, teléfono, localidad, seudónimo, correo electrónico y títulos de las obras). En ambos sobres, determinar la categoría y el seudónimo utilizado. Se entregarán de premios: fecha a confirmar y lugar a confirmar. Los trabajos no premiados deberán ser retirados por sus autores hasta 30 días después de la fecha de entrega de premios.{jcomments on}

 

El Consejo Consultivo Comunal se reúne en el club Alberdi de Pque Avellaneda

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Esta tarde a partir de las 18 horas se reune el Consejo Consultivo Comunal en la sede del club Alberdi de Parque Avellaneda, (White 1041), rspetando la rotancion por barrios, en el segundo encuentro del ciclo 2020, luego de su comenzo en el club Larrazabal de Liniers. Los interesados en participar de este espacio de

 debate sobre cuestiones que tienen que ver con los barrios de la Comuna 9 deber{an concurrir un rato antes para acreditarse en e ingreso al club con DNI. De acuerdo a lo establecida en la Ley 1.777 Cada Comuna contará con un Consejo Consultivo Comunal como organismo consultivo y honorario de participación popular. Este cuerpo estará integrado por representantes de entidades vecinales no gubernamentales, partidos políticos, redes y otras formas de organización con intereses o actuación en el ámbito territorial de la Comuna. Las funciones que tiene son: Participar del proceso de elaboración del programa de acción anual y anteproyecto de presupuesto de la Comuna y definir prioridades presupuestarias y de obras y servicios públicos.

Efectuar el seguimiento, evaluar la gestión Comunal y supervisar el cumplimiento de la correcta prestación de los servicios públicos brindados por el Poder Ejecutivo en la Comuna.
Presentar ante la Junta Comunal iniciativas así como propuestas para la implementación de programas y políticas de interés comunitario.
Formular solicitudes de convocatoria a audiencia pública y a consulta popular.
Promover, ordenar, canalizar y realizar el seguimiento de las demandas, reclamos, proyectos y propuestas de los vecinos.
Promover políticas de comunicación ciudadana, de acceso a la información y de participación vecinal.
Promover la utilización de los mecanismos de participación ciudadana entre los vecinos la Comuna.
Controlar la ejecución del presupuesto de la Comuna.
Elaborar las normas de su funcionamiento interno en consonancia con la Ley de Comunas.
Generar espacios abiertos de discusión, foros y toda otra forma de participación directa para debatir y elaborar propuestas sobre acciones, obras, programas y políticas públicas.
Asesorar a la Junta Comunal sobre las materias que son competencia de la Comuna.{jcomments on}

Docentes de la UTE salen en defensa del colegio de Artes Rogelio Yrurtia

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Docentes nucleados en la Unión de Trabajadores de la Educación de la Ciudad de Buenos Aires (UTE) se expresaron en defensa de la escuela de Bellas Artes Rogelio Yrurtia, en un comunicado señalaron: La Educación Artística sufre nuevamente el ataque de Rodríguez Larreta y Soledad Acuña. Luego de todos

 los obstáculos sorteados por la comunidad para conseguir su edificio propio y digno, la ESEA Rogelio Yrurtia vive una vez más el avasallamiento del Gobierno de la Ciudad al querer instalar e imponer una escuela primaria en el mismo edificio. Más de 100 chicos que eligieron la escuela artística, rindieron y aprobaron su examen quedaron sin vacantes porque la Ministra de Educación se niega en invertir en horas y cargos para la creación de nuevos cursos, argumentando la falta de presupuesto. La comunidad una vez resiste este avance sobre su edificio que llevó más de diez años de lucha para conseguirlo. La decisión anunciada por las autoridades de Educación de la ciudad, ignora la resolución del Juez Francisco Ferrer del 27 de diciembre de 2019, que establece: “Ordenar al GCBA, como medida precautelar, que se abstenga de adoptar decisiones que afecten el uso del edificio de la Avenida Juan Bautista Alberdi 4139 y Cajaravilla 4158 que se encuentra actualmente asignado a la escuela superior de educación artística en artes visuales “Rogelio Yrurtia”.{jcomments on}

 

Aumento en la ciudad: Sube 30% el taxi y 35% la Verificación Técnica Vehicular (VTV)

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El congelamiento de las tarifas de los servicios y la nafta ayudó a que la inflación durante el último periodo medido, (enero) sea bastante menor a los anteriores, no queda exento el debate sobre la inflación diferenciada, y en productos de la canasta familiar, lo que afecta a los sectores más bajos de la población

 pero lo cierto es que los datos del ONDEC marcaron una baja, que lamentablemente los porteños no podrán seguir disfrutando ya que el Gobierno de la Ciudad en los últimos días aplicó un incremento en la tarifa de los taxis, que aumentaron el 30%, mientras que la Verificación Técnica Vehicular (VTV) se incrementó su valor en un 35%, según decidió la Secretaría de Transporte de la Ciudad de Buenos Aires. El valor de la tarifa de taxis queda de la siguiente forma: axis, la bajada de bandera costará $59,50, de los $45,80 que valía hasta esta jornada, y la ficha cada 200 metros estará en $5,95 de los $4,58 que salía hasta este viernes. También costará $5,95 cada minuto de espera. La tarifa nocturna registró un incremento, ahora de 22 a 6 de la mañana, la bajada de bandera costará $71,40 (hasta el último viernes era de $54,90) y el valor por ficha pasará a ser de $7,14 (desde $5,49). En cuento a la VTV que tenía un valor 1.362 pesos, sufrirá un aumento del 35% y pasaráa $1838. En el caso de las motos, quienes las lleven a los siete centros que la ciudad de Buenos Aires dispone para gestionar este trámite, pasa de $512 a $691.{jcomments on}

 

Reclamo de vecinos de Parque Avellaneda al GCBA, por una obra sin terminar de BAELIGE

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Reclamo de vecinos de Parque Avellaneda al GCBA, por una obra sin terminar votada en el programa BAELIGE, se trata de vecinos de Parque Avellaneda agrupados en VUPA que realizan reclamos en cada reunión que hay en la Comuna 9 ante el Jefe de Gobierno Horacio Rodríguez Larreta por el acceso al 

espacio verde por la calle Remedios de Parque Avellaneda. Esta entrada fue uno de los proyectos más votados de BAELIGE 2017 y hasta la fecha no se realizó nada, tampoco tienen respuestas de BAELIGE de ESPACIOS VERDES sobre dicha obra, ni tampoco de AUSA que debería hacerse cargo de la obra según se había arreglado en el 2018. Los vecinos expresan “Nunca saben nada y es la principal entrada y la más insegura, sucia e intransitable los días de lluvia de Parque Avellaneda”. Además, advierten que la organización barrial VUPA está preparando una acción judicial si en marzo no tienen respuesta.{jcomments on}

 

Venían en micro a Liniers con 194 capsulas de cocaína en sus intestinos

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Venían en micro a la terminal de ómnibus de Liniers con 194 capsulas de cocaína en sus intestinos y fueron detenidos en el camino, se trata de una pareja integrada por un hombre y una mujer que fueron detenidos por haber ingerido 194 cápsulas con cocaína en la ruta nacional 34, en San Pedro de Jujuy. La pareja fue 

aprehendida en un control de rutina que Gendarmería Nacional realizó al colectivo en el que viajaban desde Orán, en Salta, hasta el barrio porteño de Liniers. La droga decomisada llegó a 2,246 gramos. Las “mulas” fueron descubiertas por los efectivos de Gendarmería del Escuadrón 60 San Pedro, en un control en el kilómetro 1.181 de la ruta 34. Mientras realizaban la inspección al colectivo, los gendarmes notaron que la pareja respondía de manera extraña a las preguntas de rutina. Decían que no se conocían, pero ambos habían ingresado al país en el mismo día y horario. Después de recibir el informe, la Fiscalía Federal N° 1 de Jujuy, ordenó que se les realizaran radiografías a los dos pasajeros en el hospital local. Ahí confirmaron que tenían cuerpos extraños en la zona abdominal. El total de droga decomisada por Gendarmería en los cuerpos de las dos personas llegó a 2,246 kilos de cocaína distribuidos en 194 cápsulas. Los dos quedaron detenidos y a disposición de la Justicia.{jcomments on}

Cronograma de servicios públicos para los feriados de Carnaval en la ciudad

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El gobierno porteño informó cómo funcionarán estas prestaciones para los días lunes 24 y martes 25 de febrero, en ocasión de ser días feriados por los festejos de carnaval. El GCBA informó: Hospitales: funcionarán las guardias y el SAME. Escuelas: cerradas. Cementerios: las inhumaciones

 en los cementerios de Chacarita, Flores, Recoleta y Crematorio de la Ciudad, se realizarán en el horario de 9 a 12 en lugar de destino. Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y Dirección General de Rentas: cerrado. Sedes Comunales: cerradas. Registro Civil: permanecerá cerrado y funcionará sólo la guardia de defunciones de 8.30 a 12.30. Recolección de residuos: normal. Estacionamiento: se autoriza durante las 24 horas del lunes y martes el estacionamiento general de vehículos junto al cordón de ambas aceras sobre las avenidas de la Ciudad donde habitualmente se encuentra prohibido estacionar en días hábiles de 7 a 21 horas, a excepción de las avenidas: 9 de Julio, Perito Moreno, La Rábida, General Paz, Leopoldo Lugones, Intendente Cantilo, Teniente General José Luis Dellepiane, Ingeniero Huergo, Eduardo Madero, y tramos afectados por el Metrobus de las avenidas Juan de Garay, Francisco Fernández de la Cruz, Chiclana, Brasil, Cnel. Roca, Intendente F. Rabanal, Sáenz, Sánchez de Loria, Almafuerte, Juan B. Justo, avenida Cabildo entre avenida General Paz y Monroe y entre Roosevelt y Santos Dumont, avenida San Martín entre la avenida Mosconi y la avenida Francisco Beiró y avenida Rivadavia entre Argerich/Quirno y Caracas/ Membrillar. Ecobici: como todos los feriados y fines de semana, Ecobici tendrá dos horas de uso por persona. Controles de alcoholemia y estupefacientes: rotativos en distintos puntos de la Ciudad. Registro de licencias para conducir, sede Roca: cerrada. Pista de aprendizaje: permanecerá abierta en su horario habitual, de 8 a 18. Verificación Técnica Vehicular: las siete plantas permanecerán cerradas. Dirección General de Infracciones: no se atenderá al público. Habrá una guardia de 9 a 12 sólo para devolver los autos que sean levantados en la vía pública. Logística, Defensa Civil y Guardia de Auxilio y Emergencias + Línea 103: guardias activas las 24 horas. Parques: Reserva Ecológica: abierta de 8 a 19 hora. con un pre cierre a las 18.30 (excepto que llueva o haya vientos muy fuertes). Jardín Botánico: abierto de 9.30 a 18.45 horas y Sarmiento, Belgrano (ex KDT) y Roca: permanecerán abiertos. Museos: los museos de la Ciudad permanecerán abiertos tanto el lunes como el martes. Teatros dependientes del GCBA: cerrados.{jcomments on}

 

 

 

Inauguración de la 1° Muestra Institucional Anual 2020 en Parque Avellaneda

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Este sábado en la Casona de los Olivera del espacio Cultura Chacra de los Remedios se realizará a partir de las 18 horas la Inauguración de la 1° Muestra Institucional Anual 2020 en Parque Avellaneda. Será una exposición anual de producciones visuales realizadas por talleres de arte de instituciones públicas y/o 

privadas, fundaciones, asociaciones, emprendimientos colectivos de diversos géneros y estilos. El objetivo es ofrecer el espacio de exhibición a las diferentes propuestas plásticas que se realizan en la ciudad. Participan de la muestra: Colectivo Liminal, integrado por Natalia Concepción López, Estela Luisa Torres y Lucrecia Andrea Núñez. El sonido de dos manos. Exposición colectiva de collage: Silvia Alderoqui, Jésica Báez, Verónica Barca, Melina Constantakos, Analía Ríos y Paula Salerno. Curaduría: María Colombo. Proyecto Fagocitación: Belén Aguilar, Hernán Bermúdez, Celeste Crosetto, Viviana Méndez, Sebastián Mulieri, Juan Pablo Pérez e Ignacio Soneira.  Correspondencias: Muestra del Laboratorio Textil: Adriana Bianchi, Adriana Neer, Andy Loisch, Carmen Noriega, Claudia Torchio, Delia Dubroff, Karina Farías, Laura Savio, Lorena Giachero, María Torrallardona, Marina Btesh, Nidia Bellene, Patti Saporiti y Silvina Apfelbaum. La Coordinación y la curaduría estarán a cargo de Florencia Walfisch.  Las actividades son con entrada libre y gratuita y el evento de inauguración se desarrollará entre las 18 y 21 horas, en Avda. Directorio y Lacarra –Parque Avellaneda.{jcomments on}