La Ciudad Buenos Aires celebra la Noche de la Música

Este sábado 19 de noviembre a días de la celebración de la patrona de la música Santa Cecilia ( 22 de noviembre) entre las  18 a 3 horas, la música se apoderará de la ciudad capital de los argentinos, habrá más de 25 escenarios y mil artistas en diferentes puntos de la Ciudad. Habrá rock, pop, folklore, cumbia, tango

 

jazz, música clásica y un homenaje Mariano Mores.Luego de la noche de los museos y de las disquerías llega con la misma modalidad la Noche de la Música, donde se celebrarán los distintos géneros musicales: rock, pop, folklore, cumbia, tango, jazz y música clásica. Cada uno de ellos tendrá un espacio en este encuentro, sumando más de mil artistas y 25 escenarios con shows gratuitos en los distintos barrios de la ciudad.
En distintos barrios de las comunas porteñas habrá espectáculos como en el  Polo Bandoneón, Rosedal de Palermo, Polo Circo, Parque Centenario, Barrio chino, explanada del MALBA, Centro Cultural Recoleta, Centro Cultural San Martín, Teatro Gran Rivadavia, Teatro de la Ribera, entre otros, serán algunas de las sedes.Ángel Mahler, ministro de Cultura de la Ciudad en la presentación del evento afirmó “Llega la Noche de la Música, un encuentro cultural en donde confluyen géneros musicales para todos los gustos. En esta Noche homenajearemos especialmente a uno de los compositores más talentosos y queridos por el público, el Maestro Mariano Mores,”
Entre los artista más destacados que participarán de esta primera edición de la Noche de la Música son Airbag, Los Guarros, A.N.I.M.A.L, Barco, Coverheads, Planeador V, Un Planeta, Los Bonnitos, Benjamín Amadeo, Voxpop, Quientekita Lobailao, La Pablo Emilio, Otto Bunge Dj, Celeste Carballo, Natalie Pérez, Laura Miller, La Bomba de Tiempo, entre otros.
El tango ocupará un lugar destacado en la Noche del Música con un homenaje al maestro Mariano Mores, uno de los compositores más reconocidos y autor de tangos emblemáticos como “Uno”, “Cuartito Azul”, “Taquito Militar” y “El Firulete”.
La Orquesta de Polo Bandoneón, Orquesta Sinfónica de Tres de Febrero y Orquesta del Semillero de Polo Bandoneón, bajo la batuta de Javier Más, recorrerán las composiciones de quien fue uno de los autores más prolíficos de la historia del tango.{jcomments on}

Pedido de informe por el parto en sala de espera del Hospital Santojanni

Resultado de imagen para parto en hospital santojanni

La legislatura Porteña en la sesión ordinaria del día de ayer aprobó solicitar al Ejecutivo de la Ciudad un pedido de informe sobre el hecho ocurrido el jueves 10 de noviembre cuando una mujer embarazada comenzó el trabajo de parto en la sala de espera del hospital y mientras esperaba ser atendida, terminó dando a luz allí mismo.

 

Lo sucedido generó indignación en la comunidad y el repudio de organizaciones sociales y políticas de la comuna 9. El Cuerpo Parlamentario de la Ciudad de Buenos Aires a través de la aprobación sobre tablas de un texto consensuado, resolvió este jueves que el Poder Ejecutivo informe a través de los organismos que correspondan y en un plazo máximo de 30 días, sobre puntos concernientes a la situación actual del Hospital Donación Francisco Santojanni y, particularmente, en relación al hecho acontecido el pasado jueves 10 de noviembre cuando una mujer dio a luz en la sala de espera.

El Ejecutivo especificará cantidad de médicos/as clínicos/as, obstetras, enfermeros/as y camilleros asignados a los sectores de ginecología y de guardia; cantidad de camas existentes en el hospital, habilitadas para internación y destinadas a la especialidad de obstetricia y cantidad de pacientes atendidos/as por guardia en el año 2016, en la semana del 7 al 11 de noviembre y el jueves 10 de noviembre.

Además, se solicita detalle de cuál es el procedimiento o protocolo que se lleva a cabo cuando ingresa una mujer con trabajo de parto al servicio de guardia y cómo se procede en caso de que todas las camas de obstetricia estén ocupadas. También sobre si el hospital cuenta con guardias divididas por especialidad y su identificación.

Deberá explicar “por qué, en el caso de mención, se produjo el nacimiento fuera de la sala de parto” y detallar “si existe protocolo de parto respetado en la institución y si las instalaciones son adecuadas para dar cumplimiento a la Ley 1040”.

Finalmente, sobre el funcionamiento del Servicio de Consultorios Externos, se requiere información respecto a cantidad de consultas recibidas por día en el servicio, cantidad de consultorios asignados a este servicio y cantidad de médicos/as que prestan funciones en dichos consultorios. Y si en la actualidad el mismo funciona adecuadamente, en razón de la demanda existente.{jcomments on}

 

La Legislatura porteña aprobó el proyecto de ley para transporte de mascotas

Resultado de imagen para mascotas en el subte

De acuerdo a lo que establece la ley aprobada en el día de hoy por 53 votos positivos contra cuatro abstenciones, en la Ciudad de Buenos Aires los mayores de edad podrán transportar perros y gatos domésticos sin costo “en un dispositivo cerrado y ventilado, en condiciones de salubridad y aseo”. 

 

Se señalizarán espacios específicos en los andenes. Además, se aprobaron tres normas relacionadas con el tránsito. El traslado de perros y gatos domésticos en el servicio de premetro y subterráneos en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires fue habilitado  con la sanción de una ley que constituye una excepción a lo dispuesto por el artículo 31 de la Ordenanza 41.831 aprobada por el ex Concejo Deliberante el 23 de abril de 1987 y consolidado por Ley N° 5454.

También se determinó en el texto de la nueva norma aprobada que los andenes de las estaciones dispondrán espacios específicos debidamente señalizados para la espera y el abordaje con las mascotas

La autoridad de aplicación “implementará estrategias comunicacionales y medidas de concientización para la difusión y orientación sobre la normativa que rige para el traslado de perros y gatos domésticos en el servicio de subte”, expresa el artículo 6°. 

En tanto, de acuerdo al artículo 7° “el pasajero a cargo del traslado del perro o gato doméstico se responsabilizará del estado general del mismo, garantizando su custodia y bienestar”. Según el artículo 8° se encomienda a la autoridad de aplicación de la Ley N° 4472 [Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado -SBASE] “establecer las condiciones que reglamenten el ejercicio de la presente ley”.

La única cláusula transitoria establece que cumplidos 180 días desde la implementación, SBASE “elevará a la Legislatura un informe general con la finalidad de realizar un balance sobre la aplicación de esta normativa”.{jcomments on}

La ciudad tendrá su Ley que organiza el Sistema Integral de Seguridad Pública

Resultado de imagen para nueva policia

Luego de extensas discusiones en distintas comisiones legislativas, los bloques mayoritarios del legislativo porteño llegaron a un consenso y se tratará el proyecto que organiza el Sistema Integral de Seguridad Pública y que crea la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, fusionando la Policía Federal y la  Policía Metropolitana.

 

La iniciativa en general tendrá tratamiento preferencial  y también el proyecto que crea el Instituto Universitario de Seguridad al cual se integraría el actual Instituto Superior de Seguridad Pública, donde se formarán y capacitarán los cuadros de oficiales superiores y de dirección y otros agentes del nuevo sistema integral de seguridad.

 El Legislador Gabriel Fuks, del bloque de la Corriente Nacional de la Militancia, se mostró conforme con el tratamiento que se realizó en el parlamento. “Aceptaron muchísimas sugerencias, algunas complejas, como el no uso de armas letales en manifestaciones.

La creación de una comisión de seguimiento a cargo de la Legislatura es otro de los puntos que la oposición considera positivo.

 Mientras que Danie Presti del PRO expresó que “Será un día trascendente para los vecinos de la Ciudad con el tratamiento y aprobación del  proyecto que crea la Policía de la Ciudad, donde “espera un enriquecedor debate en el recinto

El proyecto también organiza el Sistema Integral de Seguridad Pública, crea la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, un cuerpo de bomberos civil, foros de participación ciudadana, mecanismos de control y transparencia e incluso establece la normativa funcional y disciplinaria para el personal policial.{jcomments on}

En medio de la polémica se firma el acuerdo por el nuevo Hospital de Clínicas

El anuncio del nuevo hospital de Clínicas. Foto:

En medio de una gran polémica y disputa que incluyó la movilización de estudiantes profesionales de la salud, docentes de la UBA, investigadores, organizaciones estudiantiles y políticas por la construcción de un nuevo Hospital de Clínicas se firmó el acuerdo entre el gobierno nacional y la Universidad de Buenos Aires

 

previo traspaso de la ceremonia de la sede del Ministerio de Educación en la calle Pizzurno 935 a la sede del Rectorado de la UBA en Viamonte al 400. La iniciativa de traslado del hospital de Clínicas a un predio lindero no fue bien recibida entre la comunidad educativa de la UBA, salvo por el Rector Alberto Barbieri quien rubricó el acta acuerdo con el titular de la cartera educativa Esteban Bullrich.

Muchos estudiantes y trabajadores de la facultad de Medicina se quejaron por algunas cuestiones, que ni Bullrich, ni Barbieri, intentaron aclarar

El proyecto prevé ceder el actual hospital al Gobierno nacional a cambio de su reconstrucción en otro lugar, con dimensiones y capacidades muy inferiores al actual y sin que se sepa para que fines se utilizará el lugar donde hoy se encuentra el Clínicas.

Esta es una de las razones de la protesta los participantes entregaron un petitorio con más de 10.000 firmas de estudiantes, docentes y trabajadores del hospital que reclama entre otros puntos:

Derogación del artículo 5 que establece que se cede el edificio gratuitamente al ministerio.

Que el edificio siga perteneciendo a la UBA.

Que se investigue a los procesados por lavado de dinero y malversación de fondos del Clínicas.

Que se construya el nuevo hospital sin afectar el anterior.

Que sean participantes de su construcción estudiantes, docentes y no docentes.{jcomments on}

 

Aprueba ley que crea el sistema de Transparencia, Publicación e Información Comunal

Imagen relacionada

Se aprobó definitivamente la Ley  5629 que crea el sistema de Transparencia,  Publicación e  Información Comunal, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Boletín Oficial nº 5008 fue publicada en el día ayer.

la Ley 5629 establece la creación de un sistema a través del cual existe la obligación de informar por parte

de las comunas e incentivar los mecanismos de participación ciudadana, teniendo en cuenta las características del Ley y la actual situación en cuanto a circulación de la información, debe ser considerada como un gran avance. A continuación publicamos el texto completo de la Ley 5629 de la Ciudad de Buenos Aires.

 

Sistema de Transparencia,  Publicación e  Información Comunal

CAPITULO I

                        Artículo 1°.- Creáse el Régimen de  Publicación e Información Comunal, que tiene como objeto, facilitar la participación de la ciudadanía en el proceso de toma de decisiones y en el control de los asuntos públicos. Este mecanismo es de carácter obligatorio para las Juntas Comunales sobre la publicación de su trabajo, reuniones y resoluciones; como lo establece el inciso b del artículo 3 de la Ley 1777. 

 

                        Art 2°.- La Junta Comunal de cada Comuna será la Autoridad de Aplicación encargada de asegurar el correcto funcionamiento de las vías de comunicación que crea y exige la presente ley.

 

 

CAPITULO II

Composición y Funcionamiento.

 

                        Art 3°.-El Régimen de Publicación e Información Comunal estará constituido por:

 

a. Libro de Actas de la Junta Comunal y el Consejo Consultivo Comunal; con acceso a los ciudadanos.

b. Página Web de la Comuna.

c. Redes Sociales de la Comuna.

 

                        Art 4°.- Es obligación de la Junta Comunal publicar en los medios mencionados en los incisos a, b y c del artículo anterior, toda la información que atañe a la Comuna  y que surja del trabajo de la Junta Comunal. Dentro de la información obligatoria se encuentra:

a. El reglamento o su norma de funcionamiento.

b.  Las actas transcritas  al Libro de Actas con sus anexos correspondientes, en el caso de existir.

c.  Requerimiento, nota, pedido o solicitud  que eleve cada integrante de la Junta Comunal o el Consejo Consultivo Comunal a través de la mesa de entradas de la Comuna o por sistema SADE, en virtud de las funciones que les confiere la ley 1777.

d. Proyectos, Declaraciones o Resoluciones emitidos por la Junta Comunal y resoluciones de Plenario del Consejo Consultivo Comunal, con su número de expediente.

e. Lugar, fecha, hora y temario de las Sesiones de la Junta Comunal  y los Plenarios del Consejo Consultivo Comunal.

 

                        Art 5°.- Respecto a las notas, propuestas, proyectos y/o requerimientos elevados por los integrantes de la Junta Comunal o las resoluciones del Plenario del Consejo Consultivo Comunal, las publicaciones deberán contener toda la documentación fehaciente al respecto de las mismas. Detallando fecha, organismo o institución, temas involucrados y el número de expediente correspondiente.

 

CAPITULO III

Libro de actas de la Junta Comunal y el Consejo Consultivo Comunal.

 

                        Art 6°.- Las actas deberán contener lo siguiente:

a. Documentación legal y anexos correspondientes, en el caso de existir.

 

b. Los libros de Acta, antes citados, serán enumerados en forma correlativa y deberán estar en un lugar de libre acceso que haya sido informado a la ciudadanía.       

c. Por la Junta Comunal:

1. Lugar, fecha y hora de comienzo y fin de la sesión;

2. El nombre de los miembros de la Junta Comunal presentes, así como de los ausentes con aviso previo, o sin aviso, o con licencia; 

3. Los asuntos tratados;

4. Todo otro asunto, o incidencia, y/o documental que, conforme a esta ley, considere la Junta Comunal, deban transcribirse  íntegramente;

5. La hora en que hubiese pasado a cuarto intermedio, dejando constancia si la reunión continuará y en su caso el día designado para la siguiente;

6. En las votaciones se deberá dejar constancia expresa  de cada tema o proyecto tratado y la cantidad de votos, identificando cada uno con los integrantes de la Junta, por cada moción de orden.

 

d. Por el Consejo Consultivo Comunal:

1. Lugar, fecha y hora de comienzo y fin del plenario.

2. Cantidad de personas presentes y personas habilitadas con voz y voto.

 

3. Resoluciones del Plenario.

 

4. En caso que se realice alguna votación deberán figurar el tema o proyecto aprobado y la cantidad de votos positivos y negativos.

 

5. Deberá estar firmado por los responsables legales del Consejo Consultivo Comunal.

 

                        Art 7°-El Libro de Actas será de carácter público y  deberá estar actualizado quincenalmente.  

 

CAPITULO IV

De la página web de la comuna

 

            Art 8°.-La Comuna deberá tener una página web configurada con el dominio  comunaX.gob.ar, siendo X el número de la Comuna correspondiente, que será administrada exclusivamente por la Junta Comunal.

a. El registro del dominio deberá ser efectuado por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y  la renovación del dominio estará a cargo de éste.

b. El diseño y el mantenimiento de la Página Web estará a cargo de cada Junta Comunal, siempre respetando el cumplimiento de esta Ley. 

 

                        Art 9°.- Contenidos mínimos. La Página Web de cada Comuna deberá contener al menos las siguientes cuatro secciones: 

a. Sección referida a la Junta Comunal

b. Sección referida a los Consejos Consultivos Comunales.

c. Sección de interés comunal.

d. Sección de Reclamos.

 

                        Art 10°.-Sección referida a la Junta Comunal. La información mínima obligatoria que deberá contener esta sección será:

a. La constitución de la Ciudad Autónoma  de Buenos Aires,  las leyes 6, 78, 104,  1.777, 1.964, 2.650 y toda la normativa del Poder Ejecutivo actual y futura relacionada a las comunas,  esta deberá ser actualizada con un plazo no mayor de 15 días de ser publicada en el Boletín Oficial.     

b. Identificación de la Comuna, con el nombre  y el mapa de los barrios que la componen, y sus símbolos si los hubiere.

c. Nombres, Apellidos y Fotos particulares de los integrantes de la Junta Comunal, como las diferentes aéreas  de Gestión de  competencia, funciones   de cada integrante y datos de contacto.

d. El reglamento interno de la Junta Comunal.

e. Todas las Actas definitivas que surjan de las sesiones efectuadas por la Junta Comunal.

f. Las Resoluciones y Declaraciones de la Junta Comunal.

g. Lugar, fecha, hora y el temario de sesiones de la Junta Comunal.

h. Cantidad de personal de la Comuna, con sus cargos y funciones.

i. Registro de entidades vecinales conforme lo establecido en el Artículo 26 inciso k de la Ley 1777.

j. Notas o escritos de la Junta Comunal presentados ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires  u otros Organismos Públicos, con su destinatario, fecha y  número de expediente.

k. Informe Semestral presentado ante el Consejo Consultivo Comunal.

l. Rendición de cuentas de la ejecución del presupuesto de la Comuna, remitidos al Poder Ejecutivo  para su publicación, informando  fecha  y número de expediente. 

m. Lugares de acceso público que establece la Ley 5372. 

                        Art 11°.-Sección del Consejo Consultivo Comunal: La Junta Comunal en consulta con el Consejo Consultivo determinará la forma y los contenidos a publicar en la Sección referida en el artículo 9 del inc. B. 

La sección del Consejo Consultivo Comunal deberá contener de manera obligatoria:

a.               La norma de funcionamiento.

b.               Actas de los Plenarios.

c.               Fecha, lugar y hora del Plenario a realizarse, con antelación de 5 días hábiles a su realización.

                        Art 12°.- La Junta Comunal, recibida toda otra información y una vez realizada la consulta con el Consejo Consultivo deberá publicarlo en forma quincenal.

 

                        Art 13°.- Sección de Interés Comunal: Contará con información útil sobre los servicios que presta la comuna, lugares, eventos que la Junta Comunal considere difundir y todos los derechos y obligaciones de incidencia directa en las relaciones de vecindad que la ley 1964 estipula en su artículo 4º.

 

                        Art14 °.-Sección de Reclamos: se creará una sección de reclamos para ser utilizada por los vecinos, de las competencias exclusivas y concurrentes de las Comunas, los cuales deberán ser contestados por la Junta Comunal en un plazo razonable.

 

                        Art 15°.-Las respuestas a los reclamos no podrán exceder los 30 días contados desde el momento en que se le asignen número de expediente.

 

 

CAPITULO V

Redes sociales de la comuna

 

                        Art 16°.- La Junta Comunal creará como medios alternativos de comunicación, cuentas en las principales redes sociales. En el caso de preexistencia de éstas, se mantendrán las mismas.

 

                        Art 17°.- La información proporcionada a través de la página web de la comuna, serán adaptadas a las redes sociales y difundidas por este medio.

 

                        Art 18°.- Se reserva un espacio para la difusión de actividades y eventos pautados por la Junta Comunal y los convenidos entre ésta y el Consejo Consultivo Comunal.

CAPITULO VI

Prohibiciones

 

                        Art 19°.-En ningún caso los contenidos, información y todo lo que emane de la Junta Comunal y del Consejo Consultivo, al publicarse en las plataformas virtuales creadas en la presente ley, podrá ser difundido a título personal, ni podrán vincularse a esos contenidos fotos particulares de ningún comunero, salvo en el caso de que se retrate la integración de la Junta Comunal en su totalidad o se trate de evento realizado por la comuna.

 

                        Art 20°.- Queda prohibido incluir frases, símbolos, logos, color y cualquier otro elemento identificable con un partido político o agrupación política, conforme hayan sido presentados en la oportunidad de solicitar su personería político- jurídica.

 

                        Art 21°.- Las publicaciones de cualquier medio, no deberán tener como finalidad influir en la decisión electoral de la población, ni fomentar la imagen positiva de cualquier funcionario público o del partido o sector gobernante, o la impresión negativa de una persona, sector, organización, agrupación o partido político.

 

                        Art 22°.- No se deberán realizar eventos, publicaciones o actividades cuyo objetivo sea la promoción de sustancias psicoactivas, tales como el alcohol, los psicofármacos, las bebidas energizantes y el tabaco.

 

                        Art 23°.- Comuníquese, etc.{jcomments on} 

 

 

Clausuran comercios que vendían celulares con irregularidades en galería de Liniers

En el día de ayer inspectores de la Agencia Gubernamental de Control (AGC) realizaron un importante operativo en una galería ubicada en Ramón Falcón al 7200, en el barrio porteño de Liniers/ Comuna 9. El procedimiento se realizó por orden del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°8

 

a cargo del Juez Martínez de Giorgi, en conjunto con la Dirección General de Investigaciones Complejas de la Secretaria de Seguridad de la Nación. En el procedimiento en la galería del centro comercial del barrio de Liniers se procedieron a inspeccionar 33 locales que vendían celulares y accesorios, muchos de ellos robados. De los mismos, 11 fueron clausurados por no tener habilitación y por presentar graves irregularidades respecto a la seguridad, como falta de matafuegos, ausencia de disyuntores y cables expuestos.

Personal de la Aduana, procedió al secuestro de tres bolsas grandes de consorcio que contenían celulares y accesorios, tanto nuevos como usados. El Ente Nacional de Comunicaciones, en colaboración con la División de Delitos Tecnológicos de la Policía Federal Argentina, verificó los teléfonos que se encontraban en el local, detectando varios celulares que habían sido denunciados como robados.  A raíz de ese trabajo coordinado se pudo chequear en el momento la lista negra de los IMEI de los celulares, confirmando que eran robados, y proceder a la detención de dos de los dueños de estos locales. También fue detenido un hombre que ingresó en uno de los locales en el momento del operativo a intentar vender 40 celulares que había robado. Además la Dirección Nacional de Migraciones relevó 39 personas extranjeras de las cuales 2, de nacionalidad peruana, se encontraban con la ciudadanía irregular en nuestro país.{jcomments on}

 

 

Actividad contra la violencia obstetrica en el Hospital Santojanni

Vecinos, usuarios del hospital, organizaciones políticas y sociales de la comuna 9 convocan esta tarde a una actividad en repudio de la violencia obstétrica en el hospital Santojanni del barrio de Liniers. En días pasados se pudo ver a través de la filmación de un video como una mamá daba a luz a su bebé en el piso de

un pasillo de la sala de espera de la guardia del establecimiento sanitario. El martes por la tarde, la Multisectorial Comuna 9 realizó una actividad de informacion con volante explicativos para señalar la violencia obstétrica en el Hospital Santojanni que hizo que una mujer diera a luz en las condiciones inhumanas señaladas y para repudiar la desidia del Gobierno de la Ciudad y el intento de vaciamiento del sistema de salud que viene realizando el oficialismo del PRO desde hace 9 años.

Para la jornada de protesta de hoy los participantes convocan bajo las siguientes consignas: No al vaciamiento de la Salud Pública. Repudio al Director del Hospital Federico Charabona. Por partos humanizados para todas. La convocatoria es en la esquina de Cafayate y Acassuso del barrio de Liniers, a las 18 horas.{jcomments on}

Larreta presenta el Distrito del Deporte en el Parque de la Ciudad

{alt}

El jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, presentará en la mañana de hoy en las instalaciones del Parque de la Ciudad, el Distrito del Deporte, un espacio de promoción para la instalación de empresas que revitalizará los barrios porteños de Villa Lugano, Villa Soldati y Villa Riachuelo en la comuna 8. 

A partir de la 9:30 horas el primer mandatario porteño acompañado por el ministro de Educación de la Nación Esteban Bullrich y funcionarios de su gabinete en Avda. Cruz 4040 presentará formalmente este importante espacio para la zona sur de la Ciudad. El Distrito del Deporte contará con una superficie de 1934 hectáreas, y esta encuadrado como parte del plan de desarrollo de la zona sur de la Ciudad que comprende al Distrito Tecnológico, al de las Artes y al de Diseño.

Los Distritos Económicos mencionados son parte de un plan estratégico que busca, a través de incentivos fiscales para empresas, desarrollar una zona económicamente relegada llevando empleo y crecimiento; y, a la vez, impulsar industrias estratégicas que permitan diversificar la matriz productiva de la Ciudad.

El Distrito del Deporte, el quinto en crearse, comprende 1934 hectáreas en los barrios de Villa Lugano, Villa Soldati y Villa Riachuelo. Allí se busca construir, a través de incentivos fiscales, un ecosistema de empresas vinculadas a la actividad e infraestructura deportiva.  Las empresas que podrían sumarse están relacionadas con fabricantes de artículos deportivos, construcción de embarcaciones deportivas, construcción de infraestructura deportiva y servicios prestados a prácticas deportivas.

Entre los beneficios se encuentra la exención de impuesto a los Ingresos Brutos, ABL, Sellos y delineación y construcción. Además, se brindan líneas de crédito blandas del Banco Ciudad para la compra de inmueble, obras civiles, construcciones y acondicionamiento; compra de bienes de capital nuevos; y capital de trabajo.

La iniciativa también contempla beneficios para los desarrolladores de infraestructura deportiva, quienes podrán computar el 25% del total invertido en las obras como pago a cuenta de Ingresos Brutos de todas las actividades que realice en la Ciudad de Buenos Aires.{jcomments on}

 

 

 

 

 

Avanza con polémicas el proyecto para que las mascotas viajen el subte

Resultado de imagen para mascotas en el subte

Los proyectos presentados por el Ejecutivo porteño y por la legisladora Natalia Fidel del bloque Suma+, que autorizan el traslado de mascotas en el servicio de transporte ferroviario de pasajeros de superficie y subterráneo en la Ciudad, avanzó en el camino hacia su aprobación definitiva

 

en el día de ayer en la legislatura Porteña las Comisiones de Obras y Servicios Públicos y Salud firmaron el despacho legislativo de mayoría en apoyo al proyecto. Recordemos que el proyecto del ejecutivo fundamenta su razón en los resultados de una encuesta favorable al proyecto realizada entre vecinos de la Ciudad de Buenos Aires que en un 72% estuvieron de acuerdo con la medida impulsada por el titular del Gobierno porteño Horacio Rodriguez Larreta. Mientras tanto el Legislador Patricio del Corro del PTS -FIT  repudió la iniciativa del Jefe de Gobierno, para que las mascotas viajen en subtes los fines de semana  feriados y describió como  “Es una tomada de pelo que  el debate sea si  las mascotas pueden viajar en subte, en el marco del mal servicio, de las cuentas poco claras que presentaron para justificar el último aumento, y de la baja en la cantidad de usuarios que viene teniendo el subte por estos motivos”. El proyecto de la legisladora de Suma + establece que todas las formaciones de trenes de las líneas de subterráneos deberían contar con al menos un coche debidamente identificado como amigable para el transporte de pasajeros acompañados de mascotas. Estos pasajeros sólo podrán viajar con sus mascotas abordando un coche amigable.{jcomments on}