Parque Avellaneda: Dictamen de la Legislatura sobre la Plaza Olivera

Luego de la polémica salió el dictamen de la Comisión de Obras y Servicios Públicos de la Legislatura Porteña, sobre la Plaza Domingo Olivera ubicada en el barrio de Parque Avelaneda en la Comuna 9 el Expediente. N° 753-D-2016 de autoría de la Penacca, por medio del cual solicita gestiones a fin de llevar a cabo la puesta en valor de la “Plaza Domingo Olivera” fue tratado y tuvo dictamen.

 

Se solicita gestiones a fin de llevar a cabo la puesta en valor de la “Plaza Domingo Olivera”, la mencionada plaza se halla emplazada en  la intersección de las calles Mozart, Remedios,  Moreto y  Tandil. Para la plaza se pedirá la realización de obras de recuperación y reparación integral, que incluyen en enrejado perimetral, puesta en valor de los juegos, bebederos, reparación reja perimetral, reparación del mástil y construcción de rampas de acceso

En el pedido se citan los siguientes artículos de la Constitución de la Ciudad; Art. 26º establece: “El ambiente es patrimonio común. Toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras…”  Art. 27º establece: ” La Ciudad desarrolla en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural, que contemple su inserción en el área metropolitana. Instrumenta un proceso de ordenamiento territorial y ambiental participativo y permanente que promueve:… 3. La protección e incremento de los espacios públicos de acceso libre y gratuito, en particular la recuperación de las áreas costeras, y garantiza su uso común. 4. La preservación e incremento de los espacios verdes, las áreas forestadas y parquizadas, parques naturales y zonas de reserva ecológica, y la preservación de su diversidad biológica. 8. La provisión de los equipamientos comunitarios y de las infraestructuras de servicios según criterios de equidad social…”

Que el presente  despacho se dicta en el marco de las competencias específicas que son propias a esta Comisión de Obras y Servicios Públicos, conforme al Art. 121º del Reglamento Interno.{jcomments on}