Se reunió la Junta Comunal 9

Se volvió a reunir la Junta comunal de la Comuna 9 con el objetivo de tratar las problemáticas actuales más urgentes de los vecinos y las vecinas y sus posibles abordajes, se trataron temas tales como: cortes de luz, Metrobús, vandalización del mural de la Memoria de Plaza Isidora, semáforos, plazas y veredas, etc.

En la comuna 9 esta integrada por Maximiliano Mosquera Fantoni (Presidente), Hernán Poggi, Ana maría Claps, y Sabrina Quaglia en representación de Juntos por el cambio y Juan José Chaves, Lorena Crespo y Favio Pirone del Frente de Todos.

La Ciudad de Buenos Aires se encuentra organizada en 15 Comunas.

Las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son unidades descentralizadas de gestión política y administrativa con competencia territorial. (Art. 127 Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Las Comunas ejercen funciones de planificación ejecución y control en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de la Ciudad… (Art. 128 Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Las rige la Ley 1.777 “LEY ORGÁNICA DE COMUNAS”, sancionada en 2005 que delimita las 15 Comunas.

Entre las competencias exclusivas se encuentran la planificación, ejecución y control de los trabajos de mantenimiento de las vías secundarias y los espacios verdes y la elaboración participativa de su presupuesto y su ejecución. (Art. 10, Ley 1777)

Cada Comuna tiene un órgano de Gobierno colegiado de 7 miembros elegidos por votación popular, por 4 años. El Presidente de la Junta es quien haya obtenido la mayor cantidad de votos en los comicios.

Cada Comuna cuenta con un Consejo Consultivo integrado por representantes de entidades vecinales no gubernamentales, partidos políticos, redes, otras formas de organización social y personas con intereses o actuación en el ámbito territorial de la Comuna. Son funciones del Consejo Consultivo Comunal: Participar del proceso de elaboración del Programa de Acción Anual y Anteproyecto de Presupuesto de la Comuna, efectuar el seguimiento y evaluar la gestión Comunal y presentar iniciativas a la Junta. (Art. 35 Ley 1777).