Subte: La Justicia obliga a no cobrar pasaje si no funcionan las escaleras mecánicas
En una resolución del Juez Andrés Gallardo, a cargo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario número 2 de la Ciudad de Buenos Aires y en el marco de una causa que llevaba más de dos años, la Justicia porteña determinó que en las estaciones de la red de subterráneos cuando en alguna de sus
estaciones no funcionen las escaleras mecánicas o ascensores, los usuarios y usuarias de ese medio de transporte público no tendrán que pagar boleto. En caso de haberlo hecho, podrán pedir su reintegro. El magistrado declaró que Metrovías y SBASE incumplieron la medida cautelar dictada por la Cámara de Apelaciones referida a escaleras mecánicas y ascensores y resolvió que los pasajeros puedan viajar gratis cuando éstos no funcionen. La medida deberá ser comunicada por ambas empresas en la prensa y en las boleterías. Advierten que hay “51 medios de accesibilidad sin operatividad, habiendo descontado ya los supuestos ajenos a la responsabilidad de Metrovías”. Y dispuso la medida en el marco del expediente “Fernández Gustavo Damián y otros c/ GCBA y otros s/ otros procesos incidentales –amparo– usuarios y consumidores”, nº 769.846/2016-8, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario nº 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Secretaría nº 3. Gallardo fundó su resolución en que “pareciera no existir una real intención [por parte de Metrovías] de mejorar progresivamente la situación descripta “, ya que “con el correr de los meses en nada se ha mejorado y las deficiencias persisten”. En efecto, en la última inspección ordenada por el juez el pasado 7 de febrero se verificaron “51 medios de accesibilidad sin operatividad, habiendo descontado ya los supuestos ajenos a la responsabilidad de Metrovías”. En consecuencia la resolución de la Justicia porteña establece que se declaró incumplida la medida cautelar vigente y por lo tanto “se ha dispuesto que tod@s los usuari@s del servicio de transporte subterráneo (SUBTE) que al ingresar o egresar de una estación de la red se vean imposibilitados de hacer uso de los medios mecánicos de elevación (escaleras mecánicas, ascensores, salvaescaleras) por encontrarse éstos fuera de funcionamiento en ese momento, se encontrarán exentos de abonar la tarifa fijada para acceder al servicio regular”. El juez Gallardo también ordenó a Metrovías y Sbase difundir esta resolución, fijando en cada boletería de toda la red el aviso sobre lo dispuesto, que a su vez deberá publicarse en los principales diarios de tirada nacional, tanto en papel como en sus versiones online, para dar conocimiento a usuarias y usuarios.{jcomments on}